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Guía Completa sobre el Impuesto Solidario a Casas de Lujo en Costa Rica 2025

Publicado por Saimir Bardhi en 10 de enero de 2025
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Guía Completa sobre el Impuesto Solidario a Casas de Lujo en Costa Rica 2025

El Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda, conocido como el «impuesto a casas de lujo», es un tributo destinado a financiar programas habitacionales para personas en situación de pobreza. En este artículo, abordamos todo lo que necesitas saber para cumplir con tus obligaciones fiscales en 2025.

¿Qué es el impuesto a casas de lujo?

Este impuesto aplica a inmuebles habitacionales de lujo, cuyo valor fiscal exceda un monto establecido anualmente por el Ministerio de Hacienda. Para el año 2025, es de ₡145,000,000.00 (ciento cuarenta y cinco millones de colones). Este valor es revisado y actualizado en diciembre de cada año.

Base imponible y tarifas aplicables

De acuerdo con el artículo 4 de la Ley N.° 8683, la base imponible es el valor fiscal del inmueble destinado a uso habitacional, de recreo o de uso mixto. Sobre este valor, se aplica una tarifa progresiva establecida en el Decreto N.° 44834-H. La tabla actualizada es la siguiente:

   Valor fiscal en colones (₡)

    Tarifa aplicable

   Hasta ₡145,000,000.00

          Exento

   Sobre el exceso de ₡145,000,000.00 hasta ₡364,000,000.00

          0.25%

   Sobre el exceso de ₡364,000,000.00 hasta ₡730,000,000.00

          0.30%

   Sobre el exceso de ₡730,000,000.00 hasta ₡1,095,000,000.00

          0.35%

   Sobre el exceso de ₡1,095,000,000.00 hasta ₡1,460,000,000.00

          0.40%

   Sobre el exceso de ₡1,460,000,000.00 hasta ₡1,825,000,000.00

          0.45%

   Sobre el exceso de ₡1,825,000,000.00 en adelante

          0.55%

Puedes consultar el decreto oficial y las tarifas en detalle en este enlace: https://www.hacienda.go.cr/docs/TarifasdelImpuestoISO.pdf

Declaración y pago del impuesto

  • Periodicidad de la declaración y pago

El monto respectivo se actualiza con base en el Índice de Precios al Consumidor que calcula el Instituto Nacional de Estadística y Censos. La declaración se realiza cada tres años por medio de la Administracion Tributaria Virtual (ATV) y el pago del impuesto se efectúa anualmente, según el artículo 7 de la Ley N.° 8683. Para el período 2025, corresponde el inicio de un nuevo trienio, por lo que los contribuyentes deben declarar y pagar el impuesto antes del 15 de enero de 2025.

  • Método para calcular el impuesto

Para determinar el valor fiscal de tu propiedad, puedes utilizar el método establecido en la Ley N.° 8683 y el Decreto Ejecutivo N.° 35515-H, o contratar un perito autorizado.

  • Plataforma de pago

El Ministerio de Hacienda dispone de la plataforma Administración Tributaria Virtual (ATV) para presentar la declaración y realizar el pago. Haz click en el enlace: https://atv.hacienda.go.cr

  • Consecuencias del incumplimiento
    El retraso en la declaración o el pago genera intereses y multas, lo que incrementa significativamente el costo final.

Exenciones y consideraciones importantes

Existen algunas exenciones aplicables al impuesto, pero están limitadas a propiedades con fines específicos, como viviendas de embajadas, organizaciones internacionales o bienes de uso público. Si crees que calificas para una exención, es necesario gestionar la solicitud directamente con el Ministerio de Hacienda.

Fuente oficial

Toda esta información está respaldada por la Ley N.° 8683, el Decreto Ejecutivo N.° 44834-H, y las publicaciones oficiales del Ministerio de Hacienda. Puedes consultar el detalle completo en el documento oficial: https://www.hacienda.go.cr/docs/TarifasdelImpuestoISO.pdf

Conclusión

Cumplir con el Impuesto Solidario a Casas de Lujo es fundamental para evitar sanciones y contribuir a los programas sociales que beneficia este tributo. Si tienes dudas, consulta con un especialista en bienes raíces o revisa las disposiciones oficiales en la página del Ministerio de Hacienda.

En Domus Verum, estamos comprometidos a ayudarte a gestionar tus propiedades de manera eficiente.

 

¿Qué sucede con las propiedades no residenciales?

El Impuesto Solidario para el Fortalecimiento de Programas de Vivienda está diseñado específicamente para gravar propiedades de uso habitacional, recreativo o mixto. Las propiedades que no cumplen con este uso, como locales comerciales, oficinas, bodegas o terrenos destinados exclusivamente a actividades económicas, no están sujetas a este tributo.

Sin embargo, estas propiedades pueden estar gravadas bajo otros impuestos, como el Impuesto sobre Bienes Inmueblesestablecido por las municipalidades. Es importante consultar con un asesor fiscal para determinar las obligaciones tributarias correspondientes según el tipo de inmueble y su uso.

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